En relación a la castellanidad del actual territorio de Merindades, durante el periodo central de la Edad Media encontramos en la documentación conservada del Monasterio de Oña interesantes referencias, de las que comentaremos algunas.
En el documento de fundación de
la Abadía de Tabliega y donación del mismo al Monasterio de Oña (año 1032) se
puede leer en un momento determinado esta expresión “si por auentura el abbad de Oña uiniere a Castilla”. El uso de esta
fórmula demuestra que desde el punto de vista del declarante Tabliega (junta de
Traslaloma) formaba parte del ámbito geográfico de Castilla y Oña no. Es decir,
que aún tenía la referencia mental de la Castilla primitiva pese a que desde
hace décadas ya se la conocía como “Castella Vetula”.
En las fórmulas oficiales de
cierre de documentos, en los que se cita a los gobernantes del momento,
encontramos para este periodo ejemplos como el siguiente (año 1043) “Reynaba
don Garcia y doña Stephania in Pampilona et in Alaba et in Castella Vetulla et
in Najera, et euis frater Fredinandus , in Legione et in Burgos”. Aparece por
tanto de forma inequívoca Castilla la Vieja como referente territorial de la
zona.
En los documentos inmediatamente
posteriores, la fórmula es la siguiente: “Reinante el rey don Alfonso en Leon e
en Burgos” (documento del año 1084).
En un documento del año 1131 se produce una donación en la que la
propietaria da al monasterio de Oña toda la heredad que tiene “desde Argomedo
usque in Petralata”. Según la doctora Arribas Magro esta expresión: “Desde
Argomedo (Valdebezana) a Petralata (en las cercanías del Portillo del Busto)”
viene a significar que para los interlocutores ambos puntos eran los extremos
de un ente territorial con características propias, coincidiendo a rasgos
generales con el actual territorio de Merindades.
En los documentos de las décadas siguientes en la fórmula de
cierre ya no se hace referencia únicamente a los reyes, sino también a los
tenentes o alcaides, y de nuevo el ente territorial de referencia vuelve a ser
Castella Vetula. Ponemos aquí algunos ejemplos:
(año 1182) “comité
Ferdinando tenente Castellam Vetulam”
(año 1194) “Didaco
Lupi tenente Najaram, Borouiam et Castellam Vetulam”
(año 1202) “Lupus Sancii dominante toti Castele Uetule”
(año 1205) “Aluar Nunez tenente Borouiam et Castelam
Uetulam”
(año 1268) “Nunno Gonzalez teniente Burueua e Rioia e
Castiella Vieia”
Tan sólo unos años más tarde de esta referencia, ya se
utiliza el término merino:
(año 1277) “merino de Castilla Ueia, Martin Royz de
Baldeuielso”
Como podemos observar a través de
estos registros, existe una traslación clara del concepto territorial de
Castilla al concepto de Castilla la Vieja, y a su vez una continuidad de este
término a lo largo de los siglos, no observándose ningún otro ente territorial
de categoría equivalente en el territorio de las actuales Merindades.
Fuente:
“Documentación del Monasterio de
San Salvador de Oña” Isabel Oceja Gonzalo (1983)
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