lunes, 10 de diciembre de 2018

La creación de Las Merindades en el norte de Burgos

Durante el proceso de constitución de las Merindades Mayores, el territorio de las Siete Merindades y los valles se integró en la Merindad Mayor de Castilla Vieja y, por el contrario, los alfoces de Bricia, Santa Gadea y Bezana y parte de Valdeporres (Puentedey, Quintanabaldo y Brizuela) se integraron en la Merindad Mayor de Aguilar. Este hecho produjo una dinámica histórica diferenciada de los territorios que mencionamos en segundo lugar, y que comentaremos en artículos específicos.

Resulta importante resaltar el hecho de que la consideración jurídica que tuvieron la mayoría de los lugares de la Merindad de Castilla la Vieja (al menos en su vertiente burgalesa) fue la behetría, circunstancia que consideramos es prueba palpable del mantenimiento y existencia del arcaico derecho a elegir a sus propios jefes. En las Behetrías la jefatura no significaba ni propiedad, ni jurisdicción señorial, sino que se trataba de un poder que emanaba de los concejos y se delegaba en el “merino”, el pastor del grupo, como delegado del rey.


Fragmento de la primera página dedicada a la Merindad de Castilla Vieja en el libro Becerro de las Behetrías (siglo XIV)
Las Siete Merindades y el valle de Mena mantuvieron el señorío jurisdiccional regio pese a la imposición forzada de los Velasco de un “pseudo señorío”. Sin embargo, la población mantuvo viva la conciencia de que las merindades pertenecían a la jurisdicción regia. Tanto que las Merindades presentarán quejas, pleitos…y finalmente se levantarán en armas en 1520, para lograr que hacia mediados del siglo XVI el rey eliminase el nombramiento de merino mayor de la familia Velasco; sustituyéndolo por el cargo de corregidor. 
Por otro lado, cabe decir que el concepto territorial de merindades coexistirá con el sistema de alfoces durante un tiempo; e incluso este último no llegará a desaparecer del todo, transformándose en buena medida en los “partidos” posteriores. De hecho, la mayor parte de las jurisdicciones merineras permanecerán casi inmutables a lo largo del resto de la Edad Media llegando hasta nuestros días con muy ligeros cambios en su nomenclatura, si bien los lugares que componen algunas de ellas variarán en el siglo XVI. Así, en 1350 en la Merindad Mayor de Castilla ya figuraban como menores, y de realengo, las de Castilla-Vieja, Sotoscueva, Valdeporres, Valdivielso, Montija, Cuesta Urria y Losa.
En realidad, el proceso de integración de alfoces en Merindades Menores se produjo en todo el territorio de la provincia; por ejemplo la propia Merindad de Burgos con Rio Ubierna se forma como el resultado de la suma de cuatro alfoces: Burgos, Ubierna, Moradillo y Siero.

Fuentes: 
“Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016) 
“Historia de Burgos” VVAA. Caja de Ahorros Municipal de Burgos (1985)

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