lunes, 10 de diciembre de 2018

La creación de Las Merindades en el norte de Burgos

Durante el proceso de constitución de las Merindades Mayores, el territorio de las Siete Merindades y los valles se integró en la Merindad Mayor de Castilla Vieja y, por el contrario, los alfoces de Bricia, Santa Gadea y Bezana y parte de Valdeporres (Puentedey, Quintanabaldo y Brizuela) se integraron en la Merindad Mayor de Aguilar. Este hecho produjo una dinámica histórica diferenciada de los territorios que mencionamos en segundo lugar, y que comentaremos en artículos específicos.

Resulta importante resaltar el hecho de que la consideración jurídica que tuvieron la mayoría de los lugares de la Merindad de Castilla la Vieja (al menos en su vertiente burgalesa) fue la behetría, circunstancia que consideramos es prueba palpable del mantenimiento y existencia del arcaico derecho a elegir a sus propios jefes. En las Behetrías la jefatura no significaba ni propiedad, ni jurisdicción señorial, sino que se trataba de un poder que emanaba de los concejos y se delegaba en el “merino”, el pastor del grupo, como delegado del rey.


Fragmento de la primera página dedicada a la Merindad de Castilla Vieja en el libro Becerro de las Behetrías (siglo XIV)
Las Siete Merindades y el valle de Mena mantuvieron el señorío jurisdiccional regio pese a la imposición forzada de los Velasco de un “pseudo señorío”. Sin embargo, la población mantuvo viva la conciencia de que las merindades pertenecían a la jurisdicción regia. Tanto que las Merindades presentarán quejas, pleitos…y finalmente se levantarán en armas en 1520, para lograr que hacia mediados del siglo XVI el rey eliminase el nombramiento de merino mayor de la familia Velasco; sustituyéndolo por el cargo de corregidor. 
Por otro lado, cabe decir que el concepto territorial de merindades coexistirá con el sistema de alfoces durante un tiempo; e incluso este último no llegará a desaparecer del todo, transformándose en buena medida en los “partidos” posteriores. De hecho, la mayor parte de las jurisdicciones merineras permanecerán casi inmutables a lo largo del resto de la Edad Media llegando hasta nuestros días con muy ligeros cambios en su nomenclatura, si bien los lugares que componen algunas de ellas variarán en el siglo XVI. Así, en 1350 en la Merindad Mayor de Castilla ya figuraban como menores, y de realengo, las de Castilla-Vieja, Sotoscueva, Valdeporres, Valdivielso, Montija, Cuesta Urria y Losa.
En realidad, el proceso de integración de alfoces en Merindades Menores se produjo en todo el territorio de la provincia; por ejemplo la propia Merindad de Burgos con Rio Ubierna se forma como el resultado de la suma de cuatro alfoces: Burgos, Ubierna, Moradillo y Siero.

Fuentes: 
“Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016) 
“Historia de Burgos” VVAA. Caja de Ahorros Municipal de Burgos (1985)

La Merindad Mayor de Castilla y sus merindades Menores

Los orígenes de la Merindad Mayor de Castilla (a la que podemos considerar el segundo antecedente de la provincia de Burgos) remiten a los últimos decenios del siglo XI, pero no estará conformada hasta la segunda mitad del siglo XII. Es Alfonso VIII el que da el impulso definitivo al sistema de Merindades.

Burgos será cabeza de una de esas merindades; nada menos que la llamada Merindad Mayor de Castilla que se extendía por más de 30000 km2 entre el Cea y la frontera con el reino de Navarra, entre el Duero y el mar Cantábrico, comprendiendo en ella la totalidad de las provincias actuales de Cantabria y Palencia, así como la mayor parte de las de Burgos y Valladolid, y algunos territorios limítrofes de las hoy provincias de León, Soria, Álava, Logroño y Asturias. 


Adaptado del mapa de las Merindades Menores burgalesas, según E. González Diez.


En este periodo se contempla también la consolidación de 19 merindades menores puestas bajo la autoridad del Merino Mayor de Castilla. Aunque de sus atribuciones escapa la estrictamente judicial, estos delegados regios se alzan como los máximos responsables del orden público en sus circunscripciones. De esas 19 merindades menores, 11 se extendían total o parcialmente sobre tierras burgalesas, entre ellas, Castilla Vieja (que integraba todas las merindades salvo la parte más noroccidental), Burgos con Ubierna (que llegaba a todo el valle de Sedano) y Villadiego (que incorporaba todo el territorio de Las Loras). La división territorial en merindades, tanto mayores como menores, continuó plenamente vigente hasta el siglo XVI, y en algunos aspectos administrativos o judiciales será todavía utilizada en el siglo XVII y aún en el XVIII. 
Fuentes:
 “Historia de Burgos”. VVAA. Diario 16 de Burgos. (1993)
“Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016)
“Génesis Histórica de la Provincia de Burgos y sus divisiones administrativas” Gonzalo Martínez Diez (1983)

El Obispado de Burgos como centro vertebrador del territorio



A partir del año 1068 el nuevo obispado de Burgos integrará dentro de su diócesis los territorios de las antiguas sedes de Valpuesta y Oca, así como la parte del obispado de Oviedo correspondiente a la Asturias de Santillana. Este ente con capitalidad en la ciudad del Arlanzón, inalterado durante un periodo de siete siglos, se convertirá en una de las principales fuentes de homogeneización del territorio. 
Así podemos leerlo en el texto de la “Historia de Burgos” editado por el desaparecido Diario 16: “La institución que mejor supo expresar y potenciar la asimilación horizontal de un auténtico “territorio burgalés” fue el obispado. Por encima de cualquier otra instancia política surge con fuerza, desde mediados del siglo XI, la figura del obispo, cuya ubicación en la ciudad de Burgos en 1075 trasluce la fusión de dos territorios norteños de trayectorias paralelas: el de los valles orientales, a través de las sede Valpuesta-Oca y el de los occidentales, con las sedes Amaya-Sasamón-Muñó.
La erección de la sede episcopal en la ciudad de Burgos simboliza, pues, la convergencia de dos historias paralelas y sienta las bases de los que a partir de ahora, podemos comenzar a llamar con relativa propiedad región burgalesa. Esta urbe se convierte en centro vital de un amplio territorio que en el concilio de Burgos de 1136 queda limitado por unas líneas que corresponden al territorio de las actuales provincias de Cantabria y Burgos, ampliado en buena medida en todas las direcciones. 
Todo este territorio queda integrado orgánicamente en una red de circulación de corrientes espirituales y materiales que se plasman en la constitución de abadías, arcedianatos y parroquias. El obispado supera a la mera noción de vecindad de espacios inconexos, como los que conformaban el condado de Castilla. Estamos en definitiva, como reconoce Ortega Valcárcel, ante un auténtica región burgalesa medieval.”
Por la parte norte la diócesis burgalesa se extendía por el Cantábrico desde Portugalete hasta el río Deva. Este segundo límite, que lo separaba del obispado de Oviedo, quedaba ya determinado en un documento de Sancho II de 1068 y en una bula de Urbano II de 1099. Desde la zona de Liébana venía a buscar la zona de Mave y el río Pisuerga, integrando ampliamente el territorio correspondiente a la actual provincia de Burgos.

Fuentes:
“Historia de Burgos”. VVAA. Diario 16 de Burgos. (1993) 
“Historia de Burgos” VVAA. Caja de Ahorros Municipal de Burgos (1985)

lunes, 26 de noviembre de 2018

La importancia de Oña y otros monasterios en el mantenimiento de los vínculos de Merindades con Castilla

El Monasterio de Oña se funda (o se refunda) en el año 1011, y durante los primeros siglos de su existencia será uno de los más importantes de Castilla y tendrá fuertes vinculaciones con la corte. El formato de creación, por parte del conde Sancho García en favor de su hija Tigridia se parece mucho al infantado que había creado su padre García Fernández en favor de sus hermanas en Covarrubias.

Monasterio de Oña

La mayor parte de sus propiedades las obtiene precisamente en el acto de creación, y es de reseñar el gran número de las mismas situadas en las actuales Merindades. Hay que destacar la importante zona de pastos de los montes de Pas; las situadas en las zonas de los alfoces de Santa Gadea y Bezana, en el entorno de Espinosa, en el valle del Nela hasta su entrada en los llanos de Castilla, en Castilla Vieja y en Valdivielso.



Por su parte otro importante monasterio castellano, San Millán de la Cogolla, también tenía importantes posesiones en Merindades: Mena, Angulo, Herrán… eran algunas de las zonas de en las que tenían influencia.

Como ha señalado García de Cortázar: "la instalación y expansión exitosa de monasterios “de Montaña”, como San Salvador de Oña y San Millán de la Cogolla, significan y expresan la vinculación de las zonas más pegadas a la tradición ganadera en la cultura cerealística, cultura que previamente había prendido en los llanos. Los mismos dominios de estos y otros monasterios (Cardeña, Arlanza, Silos) simbolizan, en su mera expresión geográfica, la realidad de una integración de multitud de lugares, repartidos por grandes espacios, en una onda de pautas e intereses económicos, religiosos y culturales comunes, con un centro definido jurídica, social y religiosamente y una cadena jerárquica perfectamente establecida entre este centro y cada uno de los núcleos que componen ese dominio. "

En definitiva, los vínculos del norte burgalés con algunos de los monasterios más importantes de Castilla van mucho más allá de su proximidad geográfica o su adscripción administrativa a un determinado territorio.

Fuentes:
 “Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016) 
“Historia de Burgos” VVAA. Diario 16 de Burgos. (1993)

domingo, 25 de noviembre de 2018

Interesantes registros documentales del Monasterio de Oña (siglos XI-XIII)


En relación a la castellanidad del actual territorio de Merindades, durante el periodo central de la Edad Media encontramos en la documentación conservada del Monasterio de Oña interesantes referencias, de las que comentaremos algunas.


En el documento de fundación de la Abadía de Tabliega y donación del mismo al Monasterio de Oña (año 1032) se puede leer en un momento determinado esta expresión “si por auentura el abbad de Oña uiniere a Castilla”. El uso de esta fórmula demuestra que desde el punto de vista del declarante Tabliega (junta de Traslaloma) formaba parte del ámbito geográfico de Castilla y Oña no. Es decir, que aún tenía la referencia mental de la Castilla primitiva pese a que desde hace décadas ya se la conocía como “Castella Vetula”.

En las fórmulas oficiales de cierre de documentos, en los que se cita a los gobernantes del momento, encontramos para este periodo ejemplos como el siguiente (año 1043) “Reynaba don Garcia y doña Stephania in Pampilona et in Alaba et in Castella Vetulla et in Najera, et euis frater Fredinandus , in Legione et in Burgos”. Aparece por tanto de forma inequívoca Castilla la Vieja como referente territorial de la zona.

En los documentos inmediatamente posteriores, la fórmula es la siguiente: “Reinante el rey don Alfonso en Leon e en Burgos” (documento del año 1084).

En un documento del año  1131 se produce una donación en la que la propietaria da al monasterio de Oña toda la heredad que tiene “desde Argomedo usque in Petralata”. Según la doctora Arribas Magro esta expresión: “Desde Argomedo (Valdebezana) a Petralata (en las cercanías del Portillo del Busto)” viene a significar que para los interlocutores ambos puntos eran los extremos de un ente territorial con características propias, coincidiendo a rasgos generales con el actual territorio de Merindades.

En los documentos de las décadas siguientes en la fórmula de cierre ya no se hace referencia únicamente a los reyes, sino también a los tenentes o alcaides, y de nuevo el ente territorial de referencia vuelve a ser Castella Vetula. Ponemos aquí algunos ejemplos:

 (año 1182) “comité Ferdinando tenente Castellam Vetulam”

 (año 1194) “Didaco Lupi tenente Najaram, Borouiam et Castellam Vetulam”

(año 1202) “Lupus Sancii dominante toti Castele Uetule”

(año 1205) “Aluar Nunez tenente Borouiam et Castelam Uetulam”

(año 1268) “Nunno Gonzalez teniente Burueua e Rioia e Castiella Vieia”

Tan sólo unos años más tarde de esta referencia, ya se utiliza el término merino:

(año 1277) “merino de Castilla Ueia, Martin Royz de Baldeuielso”

Como podemos observar a través de estos registros, existe una traslación clara del concepto territorial de Castilla al concepto de Castilla la Vieja, y a su vez una continuidad de este término a lo largo de los siglos, no observándose ningún otro ente territorial de categoría equivalente en el territorio de las actuales Merindades.

Fuente:

“Documentación del Monasterio de San Salvador de Oña” Isabel Oceja Gonzalo (1983)

lunes, 19 de noviembre de 2018

Consolidación de la estructura territorial de Castilla la Vieja durante la dominación navarra

En las escasas décadas de dominación navarra sobre las Merindades el régimen de alfoces es sustituido (o quizás deberíamos decir superpuesto) por el régimen de tenencias. Este sistema procede de un ámbito en el que el aspecto militar y defensivo era más importante, tanto más considerando el hecho de que Castella Vetula vuelve a ser “tierra de frontera”.

La diferencia entre un alfoz y una tenencia, entre el merino o sayón de un alfoz y el senior de una tenencia es que este segundo veía aumentada su responsabilidad y su poder con el mando militar del distrito, al que debía defender y proteger con sus propios medios humanos movilizando a los hombres y medios de defensa en caso de necesidad, y con sus medios económicos, que obtenía directamente de las rentas originadas en el territorio de la propia tenencia. Para una mayor eficiencia, un mismo senior llegó a acumular varias tenencias y también por ello las tenencias agruparían varios de los antiguos alfoces.



Ya hemos citado en un artículo anterior que en 1040, en la carta de arras dada a doña Estefania por su marido, García el de Nájera, se citan las jurisdicciones a través de las cuales gobernaba en Castilla-Vieja: Tedeja, Petralata, Arreba, Castro, Duarte, Mena y Tudela. Es el primer documento en el que se registra la completa organización supraaldeana del territorio escindido del condado de Castilla, y creemos que agrupaba las demarcaciones que ya estaban constituidas desde tiempos protohistóricos con la denominación de valles, territorios o alfoces.

De acuerdo con el meticuloso análisis del territorio y la documentación medieval realizado por  doctora Mª del Carmen Arribas Magro la correspondencia entre los primitivos alfoces y las tenencias posteriores sería la siguiente:

La tenencia de Tedeja debió comprender los alfoces de Campo Redondo, Cigüenza, Medina, Torres (La Cerca), Mijangos, Los Butrones, el valle de Valdivielso, y el valle de Caderechas, cada uno de ellos con su correspondiente elementos defensivo.

La tenencia de Petralata debió comprender los valles de Dondisle, Tobalina, Leciñana, Valderrama, Frías, Orcha, Rio Jerea, Penches y Petrapidonia y el alfoz de Petralada.
Sierra de Petralata (foto Zález)

La tenencia de Arreba comprendía los valles de Zamanzas, Bezana, Virtus y Manzanedo, y el lugar de Brizuela del valle de Porres (el resto de los lugares de dicho valle se encuadraban en la tenencia de Castro).
La tenencia de Castro incluiría los valles de Porres (a excepción de Brizuela), Sotoscueva, Cornejo, Villamartín, Valdebodres, Cinco Villas, Montija, Espinosa, el alfoz de Munio Didaz y Pienza o Pozos.
La tenencia de Duart se corresponde con el Dobarto documentado que acabó fijándose a Castro y dando lugar a Castrobarto. La tenencia estaría compuesta por los alfoces de Oteo, Traslaloma, Rio Serea, Área Patriniani, Villalba de Losa y el valle de Relloso. 
La tenencia de Mena estaría compuesta por los valles de Mena y de Ordunte.
Ribota de Ordunte (Valle de Mena) foto de Milagros Díaz Gil

La tenencia de Tudela incluiría los valles de Tudela y de Angulo
San Zadornil se incluía junto a Valdegovia (Álava) en la tenencia de Lantarón junto a Sobrón.

Fuentes:
 “Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016) 
“Alfoces y Tenencias” Gonzalo Martínez Diez. Boletín de la Institución Fernán González (2008/2)

jueves, 15 de noviembre de 2018

Castilla crece. Nace Castella Vetula

Vemos como ya desde principios del siglo X el ámbito territorial de Castilla se extiende rápidamente hacia el sur y hacia el norte, pero los habitantes de las montañas de Burgos no quieren renunciar a un nombre con el que se sienten identificados, que tantos esfuerzos y sacrificios ha llevado aparejado. Nace así el concepto de “Castella Vetula”, la antigua, la auténtica. Usado quizá desde décadas antes, las primeras citas documentales referida a “Castella Vetula” se remontan a finales del siglo X, y con variaciones más o menos importantes puede rastrearse su continuidad incluso hasta nuestros días en docenas y docenas de registros.


Instituto Castella Vetula de Medina de Pomar. iescastellavetula.centros.educa.jcyl.es. 

Habla de nuevo el profesor Martínez Diez: “Cuando a finales del siglo IX y principios del X los hombres de ese pequeño rincón salieron de las montañas y avanzaron hasta el Duero, aquellas primitivas tierras ya no se llamaron Castilla a secas, sino que fueron designadas como “Castella Vetula”, o sea, Castilla Vieja. Esta es la primitiva Castilla, aquella protegida por un puerto bien cerrado, tierras que en el siglo XIII designaba el poeta, autor del Poema de Fernán González, con el nombre de Castilla la Vieja, y que el mismo poeta describirá como una comarca bien cerrada y guardada:

Era Castilla la Vieja
Un puerto bien cerrado
Non había entrada más
De un solo forado.”

Pero, ¿Qué territorio comprendía esa “Castella Vetula”? Todo hace pensar que si no todas las Merindades actuales, sí la mayor parte. En un documento de 999 se citan los territorios de Castilla Vieja, Bezana y Santa Gadea. Más clara queda esta demarcación en el periodo de dominación navarro (1028-1054): en el correspondiente reparto de territorios entre Fernando I y su hermano García, en lo que corresponde a las actuales Merindades el territorio del navarro llega hasta la tenencia de Arreba.

Así puede verse en la carta de arras dada en 1040 a doña Estefania por su marido, García el de Nájera, en donde se citan las jurisdicciones a través de las cuales gobernaba en Castilla-Vieja: Tedeja, Petralata, Arreba, Castro, Duarte, Mena y Tudela. Durante este periodo, en varios documentos oficiales encontramos rúbricas del tipo “reinante el rey don Fernando en León e en Castella, e su hermano don Garzia en Nagera e en Castilla Uieja”. Es decir, queda claro que Castilla Vieja ha alcanzado el estatus de supraterritorio que comprende a la mayor parte de las actuales Merindades. No en vano, en 1037 se cita a un obispo ejerciendo en Castilla la Vieja “Episcopus Dato in Castella Vetula”.
Tedeja

Queda fuera de este marco territorial, por tanto, exclusivamente la zona correspondiente a los alfoces de Bricia y Santa Gadea. Es consistente la atribución de esa parte del Condado de Castilla a Fernando; puesto que la documentación así parece indicarlo “ –regnante in Pampilona et in Alava et in Castella Uetula et usque in Burgis et in Bricia obtinente Cutelium con suis terminis in Asturiis.” (reinante en Pamplona y en Álava y en Castilla Vieja, y hasta Burgos y Bricia)

Quizás provenga de esta época la dinámica histórica un tanto diferenciada de los territorios más occidentales de merindades, aunque ello no signifique que fueran menos castellanos ni desde luego más “cántabros” (significase eso lo que significase entrados ya en el segundo milenio). Hablaremos del tema, no obstante.

Fuentes:
“Documentación del Monasterio de San Salvador de Oña” Isabel Oceja Gonzalo (1983)
“Las Merindades de Burgos. 300ac-1560.” Mª del Carmen Arribas Magro (2016) 
“El Condado de Castilla. La historia frente a la Leyenda” Gonzalo Martínez Diez (2005)